Tiempo de ajustes en los servicios
Nuestro especialista en Seguros, Carlos Tagliaferri, realizó un informe sobre la actualización en los valores de servicios.
Desde
esta columna se hizo referencia a un fallo judicial que no respetó la
franquicia como oponible a terceras personas, entre otras razones, por lo desactualizado del valor de la suma
asegurada. Pues bien, hace pocos días, la Superintendencia de Seguros de la Nación procedió al ajuste de valores.
Si bien dicha actualización de sumas resulta razonable y necesaria frente a la
coyuntura económica del país, siempre
vamos a insistir sobre la oponibilidad o inoponibilidad de las condiciones de
la póliza de seguros o de los contratos en general frente a
personas que no son parte del mismo. El derecho argentino siempre ha respetado los acuerdos entre partes, estableciendo como
principio que las convenciones efectuadas entre ellas deben ajustarse a lo convenido
como a la ley misma.
Con la última reforma constitucional, más la Ley de Defensa del Consumidor y demás ordenamientos de defensa de los derechos sociales por sobre la de los particulares, los acuerdos entre particulares han quedado bastante limitados. Y hasta podría decirse que, muchos de ellos, también vulnerados. Esta situación jurídica crea una gran inseguridad, toda vez que los contratos al celebrarse se hacen conforme a las necesidades del momento. Sin embargo, durante su ejercicio ante alguna imposibilidad de cumplimiento, aparecerán las defensas que siempre protegerán a una de las parte en perjuicio de la otra.

Cuando la ley protege especialmente a una parte en detrimento de otra, desequilibra la balanza y produce una situación de privilegio. Obviamente, somos grandes generadores de injusticias. Estas situaciones obligan a los jueces a interpretar y aplicar las leyes conforme a derecho. Y ante el conflicto, deben llegar a una justa composición de intereses entre las partes, pero fundamentalmente, otorgar a cada uno lo que le corresponda. En el término “corresponda”, no solo estará el derecho aplicable y su fundamentación, sino también los valores en cuestión, que quedarán al arbitrio del sano criterio judicial.
Si en general tenemos dificultades para llegar a una justa composición de intereses frente al valor, por ejemplo, de la vida humana o a las circunstancias de responsabilidad, qué nos espera frente a situaciones más complejas como el daño ambiental, los residuos peligrosos o el derecho de agua potable.
Con las nuevas actualizaciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación, los capitales mínimos de las aseguradoras se duplicarán y pasarán a $200.000.000; y la RC obligatoria a $400.000 con $30.000 para gastos sanatoriales y $16.000 en caso de sepelio. Además, la RC opcional pasará a $6.000.000 para automotores particulares, a $18.000.000 para taxis y remises, y a $30.000.000 para transporte público y de carga. En tanto, la franquicia del transporte público pasa de $40.000 a $120.000, pero no será oponible a terceros. Por supuesto, que estos aumentos de sumas aseguradas y condiciones traerá aparejado un aumento de primas. En pocas palabras: mejora el sistema, pero con aumento de las primas.
Debemos esperar una legislación justa y con una aplicación imparcial, ya que la injusticia es solo aceptable para evitar una mayor. Una sociedad es adulta cuando está organizada y promueve el bienestar general, aun con diferentes fines y objetivos.
Por Carlos Tagliaferri, abogado especialista en seguros
tagliaferri_carlos@yahoo.com
Con la última reforma constitucional, más la Ley de Defensa del Consumidor y demás ordenamientos de defensa de los derechos sociales por sobre la de los particulares, los acuerdos entre particulares han quedado bastante limitados. Y hasta podría decirse que, muchos de ellos, también vulnerados. Esta situación jurídica crea una gran inseguridad, toda vez que los contratos al celebrarse se hacen conforme a las necesidades del momento. Sin embargo, durante su ejercicio ante alguna imposibilidad de cumplimiento, aparecerán las defensas que siempre protegerán a una de las parte en perjuicio de la otra.

Cuando la ley protege especialmente a una parte en detrimento de otra, desequilibra la balanza y produce una situación de privilegio. Obviamente, somos grandes generadores de injusticias. Estas situaciones obligan a los jueces a interpretar y aplicar las leyes conforme a derecho. Y ante el conflicto, deben llegar a una justa composición de intereses entre las partes, pero fundamentalmente, otorgar a cada uno lo que le corresponda. En el término “corresponda”, no solo estará el derecho aplicable y su fundamentación, sino también los valores en cuestión, que quedarán al arbitrio del sano criterio judicial.
Si en general tenemos dificultades para llegar a una justa composición de intereses frente al valor, por ejemplo, de la vida humana o a las circunstancias de responsabilidad, qué nos espera frente a situaciones más complejas como el daño ambiental, los residuos peligrosos o el derecho de agua potable.
Con las nuevas actualizaciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación, los capitales mínimos de las aseguradoras se duplicarán y pasarán a $200.000.000; y la RC obligatoria a $400.000 con $30.000 para gastos sanatoriales y $16.000 en caso de sepelio. Además, la RC opcional pasará a $6.000.000 para automotores particulares, a $18.000.000 para taxis y remises, y a $30.000.000 para transporte público y de carga. En tanto, la franquicia del transporte público pasa de $40.000 a $120.000, pero no será oponible a terceros. Por supuesto, que estos aumentos de sumas aseguradas y condiciones traerá aparejado un aumento de primas. En pocas palabras: mejora el sistema, pero con aumento de las primas.
Debemos esperar una legislación justa y con una aplicación imparcial, ya que la injusticia es solo aceptable para evitar una mayor. Una sociedad es adulta cuando está organizada y promueve el bienestar general, aun con diferentes fines y objetivos.
Por Carlos Tagliaferri, abogado especialista en seguros
tagliaferri_carlos@yahoo.com